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Así será el convenio regulador de María Jesús Ruiz y Julio Ruz sobre su hija

'Corazón' ha tenido acceso al documento, aun sin firmar, con el que la expareja normalizará las visitas y la manutención de su hija.

Julio Ruz y María Jesús Ruiz este verano, al abanadonar el hospital con su hija en brazos. / gtres.

Aurelio Manzano
Aurelio Manzano

El pasado lunes, 6 de noviembre, Julio Ruz, enviaba a la madre de su hija, María Jesús Ruiz, un convenio regulador que marcará las pautas que ambos seguirán sobre la niña. Corazón ha tenido acceso, en exclusiva, a dicho documento, que aun está pendiente de la aprobación y firma de la ex Miss España.

La guardia y custodia de la menor se atribuirá a la madre, dejando claro que cualquier cambio de domicilio familiar de la menor deberá ser notificado en caso de que se produzca dentro de la misma provincia en la que en este momento se haya sito el domicilio familiar. Si el cambio de domicilio implica cambio de provincia, deberá ser consensuado con el padre.

La patria potestad será ejercida conjuntamente por ambos. En relación al régimen de visitas, teniendo en cuenta el trabajo de ambos, Julio ha pedido a María Jesús que tenga la máxima flexibilidad, siempre que se respeten los horarios escolares y no suponga un perjuicio comprobable para ninguno de ellos.

Podrán acordar entre ellos los días, horarios y punto de recogida de la niña que más les convenga

Además, podrán acordar entre ellos los días, horario y punto de recogida que más les convenga, siempre que sea de mutuo acuerdo. Aun así, si existiese alguna discrepancia para fijar ese régimen de visitas flexible, se tendrán que regir por esta norma: la menor estará en compañía de cada uno de los progenitores en fines de semana alternos, desde el viernes a la salida del colegio o, en caso de no tener clase dicho día, desde las cinco de la tarde, hasta el domingo a las 20 horas.

Comunicación diaria

Otra de las peticiones de Ruz es poder visitar a su hija dos días entre semana por las tardes, durante tres horas a elegir libremente, con preaviso de, al menos, un día a la madre. En cuanto a las vacaciones, tanto de Semana Santa como de verano, se repartirán a partes iguales.

Una de las condiciones que ha solicitado Julio, y que es fundamental, es que pueda tener una comunicación diaria con su hija, bien sea telefónicamente o mediante videoconferencia, y de una duración suficiente como para establecer conversación satisfactoria entre ambas partes. En los primeros años, dada la edad de la pequeña –tiene tres meses y medio–, será en compañía de su madre para saber el estado de salud, novedades y evolución de la niña.

Julio abonará, en concepto de pensión de alimentos a favor de la hija, 400 euros mensuales. Esta cantidad en concepto de manutención será actualizada anualmente a tenor de las variaciones porcentuales experimentadas por el Índice General de Precios al Consumo a nivel nacional. Los gastos extraordinarios que sean necesarios para cubrir el día a día de la pequeña serán sufragados a partes iguales por ambos progenitores.

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