¿Protege bien al niño? ¿Cómo se adapta a su crecimiento? ¿Qué anclajes debe tener? Las dudas son numerosas a la hora de comprar una sillita para el coche, o lo que es lo mismo, un sistema de retención infantil (SRI). Sobre todo, porque este año se cumple el fin del periodo de adaptación de la primera fase de la normativa ECE R129 (conocida como i-Size), aprobada en 2013, y que contempla el reemplazo de las sillitas para coche que seguían la homologación anterior (ECE R44/04). La convivencia de ambas normas se mantendrá hasta fin de año (sigue estando permitido el uso y comercialización de sillitas homologadas anteriormente), pero los sistemas desarrollados con la nueva norma son mucho más seguros y se adaptan mejor al crecimiento de los niños.
Las sillitas homologadas según la norma anterior pueden anclarse con el cinturón de seguridad o con el sistema Isofix, unos soportes especiales que vienen de serie en la mayoría de los coches y van sujetos a la estructura. Sin embargo, no han pasado por pruebas de impacto lateral y su clasificación responde solo al peso de los niños, algo que no siempre se ajusta a su evolución, así que, en ocasiones, van en sillas inadecuadas o viajan de cara a la marcha demasiado pronto.
Los SRI homologados según la norma ahora vigente solo pueden anclarse al coche mediante el sistema Isofix y en asientos con homologación i-Size (esta clasificación asegura que cualquier sillita de la nueva normativa cabe en los asientos). Solo los portabebés para niños de hasta 15 meses y 13 kilos pueden sujetarse con cinturón de seguridad de tres puntos, aunque también pueden llevar base Isofix. Todas las sillitas deben tener sistema antirrotación, anclaje adicional trasero (top tether) o "pata" delantera y han pasado por pruebas de choque lateral (el 28% de los accidentes). Además, se clasifican en función de la estatura y el peso máximo, con lo que se adaptan mejor. La norma también obliga a que los niños viajen en sentido contrario a la marcha hasta al menos los 15 meses, para proteger el cuello y la columna.
Por otro lado, en 2015 entró en vigor una modificación del Reglamento de Circulación, para que los menores con estatura igual o inferior a 1,35 m vayan siempre en los asientos traseros con su correspondiente SRI.
Si el coche no tiene asientos traseros, las plazas posteriores están ocupadas por otros menores o no es posible instalar más sillitas, uno podrá viajar en la plaza del acompañante, siempre con SRI y teniendo en cuenta que, si va en sentido contrario a la marcha, hay que desconectar el airbag.
Además de una ser una imprudencia, no llevar sistema de retención infantil conlleva una sanción de 200€ y la retirada de tres puntos.
20 de enero-18 de febrero
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